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EL CASO DE LA NENA ATACADA POR UN PITBULL EN LIBRES TUVO COMO RESULTADO CONDENA DE 8 AÑOS PARA FABIAN LEDESMA.



Segun publica el diario El Litoral el dueño del can mezcla de mestizo con pitbull Fabian Ledesma, que mató a Brisa, una niña de 10 años, fue condenado a ocho años de prisión efectiva como autor materialmente responsable del delito de homicidio simple con dolo eventual. El trágico episodio se produjo en septiembre del 2022 en Paso de los Libres.


La condena se logra a través de un juicio abreviado pleno y luego de que la fiscal Di Tomaso, de Paso de los Libres colectara una gran cantidad de pruebas en contra de Fabián Rafael Ledesma, como el propietario del perro que ignoró las constantes advertencias de distintos vecinos acerca de la peligrosidad del animal, que ya había atacado a varios niños del barrio "Esperanza" de Paso de los Libres. Incluso se develó que el condenado pidió que le regalasen el perro cuando sus dueños originales decidieron deshacerse de él a raíz de su agresividad.



La evidencia fue contundente: a las técnicas como los informes socioambientales y uno psicológico de Ledesma, se sumaron 15 testigos que coincidieron en las veces que se le reclamó que sacara el perro del barrio porque era muy peligroso.



Uno de ellos, de hecho, tuvo que matar al animal de un hachazo porque no conseguía que soltara a la niña, aquel 23 de septiembre de 2022 cuando sucedieron los hechos. Se comprobaron al menos tres ataques anteriores a niños, pero ninguno que fuera denunciado penalmente.


La muerte de la niña fue, para la acusación "un resultado que Ledesma se representó con anterioridad al hecho dado que no era la primera vez que el perro se escapaba y atacaba, y era habitual que la niña y otras personas circularan por el lugar, e incluso anterior al hecho solicitaron a Ledesma que retirara al animal del lugar debido a su peligrosidad y aún así Ledesma aceptó dicha posibilidad y no hizo nada para neutralizar el peligro por él generado, que se concretó con el fatal desenlace", sostuvo la fiscal.



"Esta conducta del condenado supone que a sabiendas del peligro que representaba un perro en esas condiciones, voluntaria, es decir intencionalmente no hizo nada para evitarlo. Por eso hay un dolo eventual", explicó la doctora Di Tomaso quien también considera tener en cuenta las condiciones en que vivía la familia de la víctima y Ledesma: un asentamiento precario en el que era imposible que el perro estuviera encerrado. Solo estaba atado a un poste y solía escaparse.



"El lugar donde estaba el perro no reunía los requisitos necesarios, no contaba con muros y los domicilios estaban uno al lado del otro con espacio abierto. Que el hecho era previsible, principalmente por su propietario", opinó en la causa el director de Bromatología de Paso de los Libres, doctor Cristian Quiroz. La historia de cómo llegó Ledesma a tener el animal también demostró que conocía muy bien su peligrosidad y, sin embargo, no hizo nada para evitar un eventual ataque.


El anterior dueño del animal quiso deshacerse de él porque había atacado a un niño y la Policía lo emplazó para que así lo hiciera, con leyes y ordenanzas que acudían en su respaldo. Pensó en entregarlo a una fundación de proteccionistas y fue justo cuando Ledesma le pidió que se lo diera. Se conocían porque solían ir juntos a cazar carpinchos y jabalíes con el perro como principal "arma" en cada faena.


El juez de Garantías que homologó el acuerdo, a través de la sentencia N° 41, fue el doctor Gabriel Aldaz y la fiscal logró el acuerdo con la aceptación, libre y voluntaria de todos sus términos, por parte del imputado y su defensa oficial, en este caso ejercida por el doctor Facundo Sotelo, como subrogante en esa función.


Los padres de la niña, víctimas indirectas que según dejó asentado la fiscal en su acusación sufrieron un profundo daño psicológico por el hecho, también estuvieron de acuerdo con la conclusión del caso. Y al haber renunciado todas las partes a los plazos procesales, Ledesma fue inmediatamente trasladado desde la OFIJU a la unidad penal local, para quedar a disposición del Juzgado de Ejecución de Penas, Medidas de Seguridad y Cautelares.




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